Imagine que acude a trabajar a las ocho de la mañana, o a buscar a su hijo al colegio a la una de la tarde, y sabe que en un momento u otro la policía puede pararle para que se identifique. Esto ocurre en España cada día por el simple hecho de pertenecer a una procedencia distinta a la española. Las redadas por perfil racial son parte de la vida cotidiana en muchas ciudades. En Madrid, si a una hora punta nos paramos entre las multitudes que van y vienen en metro, por ejemplo, podremos ver en muchas estaciones a grupos de dos o tres policías vestidos de paisano parando a personas por sus rasgos físicos. Se pide a los “diferentes” que se identifiquen a través de su documentación, no por un motivo en particular, sino para comprobar si sus papeles están en regla. Es importante saber que la estancia irregular en España no está recogida como un delito, sino como una falta administrativa.

Los miembros de las fuerzas de seguridad no llevan uniforme en estos casos porque estas redadas son ilegales. La propia Constitución española las prohíbe, tal y como han recordado distintos altos cargos, ministros y presidentes cada vez que en los últimos años se han venido denunciando estas prácticas. Ante el aumento de estas redadas racistas y su denuncia, el propio Cuerpo Nacional de Policía publicó una circular en la que recordaba a sus miembros la prohibición de realizar identificaciones por perfil racial.

Si por casualidad alguna de estas personas no lleva su documentación encima, la tiene caducada o no dispone de ella (todas ellas faltas administrativas), es detenida y conducida a una comisaría desde donde, si no consigue identificarse oficialmente, será conducida a un Centro de Internamiento de Extranjeros, comúnmente conocidos como CIE.

La mayoría de la gente desconoce la existencia de estos centros de internamiento de extranjeros debido a su opacidad ante la población y los medios de comunicación. Los CIE existen desde 1985, pero hasta marzo de 2014 no contaron con un reglamento de funcionamiento y regulador del régimen interior. Es decir, durante décadas estas cárceles para los no españoles han existido en un limbo legal. En el Estado español existen actualmente ocho de estas instalaciones (cinco en la Península y tres en Canarias), después de que el de Málaga fuera cerrado en 2012 tras una sonada deportación masiva previa sedación de 103 personas y la acusación de cinco policías por delitos sexuales contra algunas internas. Estos centros han sido denunciados en numerosas ocasiones por organizaciones no gubernamentales, colectivos sociales, medios de comunicación y periodistas; y dejaron de ser una realidad invisible a partir de 2011 después de que dos internos murieran en un mes en sendos centros. Antes de esa fecha se habían producido otras muertes; también después.

El tiempo máximo de estancia en el CIE es de 60 días. Muchas veces, las personas permanecen durante el tiempo permitido y son puestas en libertad. Otras muchas son deportadas a sus países de origen, a veces sin que su nacionalidad se conozca con certeza. Las expulsiones del territorio español de personas migrantes se realizan, entre otras vías, en aviones comerciales o en vuelos especialmente fletados para este objetivo. Según Eurostat, en 2012 fueron expulsadas de España 18.865 personas, que suponen el 17% de deportaciones del total de la Unión Europea. La identificación y denuncia de estos vuelos es relativamente reciente, pero existen datos de vuelos masivos de expulsión desde finales de los 90.

Cuando los vuelos se fletan exclusivamente para la deportación, se producen como consecuencia un mayor número de redadas policiales que persiguen masivamente determinadas nacionalidades con la finalidad de llenar los aviones, normalmente previo paso por el Centro de Internamiento de Extranjeros. Los vuelos de deportación son también conocidos por la violencia que se ejerce en el dispositivo policial que los controla, que ha llegado a provocar víctimas mortales. Después de la muerte de una persona en el transcurso de una deportación, el Gobierno promulgó en 2007 un protocolo de actuación para las repatriaciones que, entre otras cosas, recoge los casos en los que se podrán utilizar medidas coercitivas como inmovilizaciones o el uso de sedantes. Uno de los mayores inconvenientes para la documentación de estos vuelos es la escasa información de lo que sucede en ellos, que proviene de una fuente en muchos casos única y, por lo tanto, fundamental: las personas deportadas desde sus países de origen.

Cabe destacar que la complicidad de los países de origen es un factor esencial que permite estas deportaciones. Consciente de ello, el Estado español gasta grandes cantidades de dinero para asegurar que los países de destino aceptan a los repatriados a través de ofensivas diplomáticas que, en ocasiones, se traducen en el aumento de la ayuda al desarrollo para los países que faciliten las deportaciones. Otro actor imprescindible para que las repatriaciones se lleven a cabo es Air Europa, la empresa que obtuvo el monopolio de los vuelos de deportación para el período 2013 – 2015, que tiene un contrato con el gobierno español de más de 24 millones de euros.

Esta maquinaria estatal de identificación, encierro y deportación transgrede legislaciones nacionales, europeas e internacionales. En el transcurso de esas prácticas se violan a diario los derechos de personas cuyo único delito fue migrar buscando una vida mejor. Conocer la realidad es el primer paso para poder cambiarla.